Sáb. Sep 23rd, 2023
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Los jueces de Madrid, Vizcaya y Málaga se desmarcan de la Fiscalía al revisar penas por la ley del ‘sí es sí’.

 Los magistrados de las secciones de lo Penal de la Audiencia Provincial de Madrid han acordado analizar las sentencias “caso a caso” y ha considerado que no cabe aplicar disposiciones transitorias de otras leyes ante las solicitudes de rebaja de condena en base a la nueva ley denominada de ‘solo sí es sí’, por lo que se ha desmarcado del criterio marcado recientemente por la Fiscalía General del Estado. Magistrados de las tres Salas de lo Penal de la Audiencia de Bizkaia se han reunido este viernes para unificar criterio respecto a las solicitudes de reducción de condena por delitos sexuales que se vayan a presentar al amparo de la Ley de garantía integral de la libertad sexual.

En total ha habido una treintena de jueces, han precisado fuentes jurídicas. La mayoría ha votado por aplicar el criterio más favorable al reo, de manera que se desmarca del criterio dado recientemente por la Fiscalía y de los magistrados que han defendido la aplicación la aplicación de la disposición transitoria quinta del Código Penal, han explicado a EFE fuentes jurídicas. Esa disposición transitoria establece que cuando la pena impuesta “sea también imponible” con arreglo a la nueva norma, es decir, entre dentro de la horquilla de penas contemplada, no tiene por qué revisarse.

El acta de la Junta de magistrados de la Audiencia provincial de Bizkaia señala que “ante la ausencia de norma transitoria en la nueva ley, la Junta considera que no procede la aplicación extensiva de una norma transitoria prevista en otra ley”. Por tanto añade que, ante la revisión de todas las condenas de agresores sexuales en base a la aplicación de la ley del “Solo sí es sí”, que en Euskadi han solicitado ya 20 personas condenadas por delitos sexuales, “procede la revisión de oficio de las sentencias firmes en las que se haya impuesto pena privativa de libertad, hasta el licenciamiento definitivo, exceptuando las condenas en las que se haya acordado la suspensión de la ejecución de la pena conforme al artículo 80 del Código Penal”.

Tribunal Supremo.

El TS tiene sobre la mesa varios recursos contra sentencias por delitos sexuales donde los condenados han solicitado que se tenga en cuenta el cambio operado por la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que ha propiciado rebaja de penas, por lo que se espera que la Sala de lo Penal se pronuncie sobre la también conocida como ley del “Solo sí es sí” en las próximas semanas.

Será la primera vez que el alto tribunal entre a estudiar una reforma penal que ha supuesto que el delito de abuso sexual prácticamente desaparezca para incluirse en el de agresión con una horquilla de penas donde la menor es más baja que la existente cuando había dos ilícitos diferenciados. Desde que la ley entrara en vigor, el pasado 7 de octubre, los jueces y tribunales han revisado ya decenas de penas rebajando al menos 11 condenas por abuso sexual que han supuesto la excarcelación de cinco personas.

Por Mel

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